No todas las noticias relacionadas con el sector inmobiliario tienen por qué ser malas. De hecho, la prórroga de la rebaja transitoria del IVA, del 8% al 4%, para la compra de viviendas, que buscaba impulsar la venta del abrumador stock, fue ya un soplo de aire fresco.
La prueba de que también hay buenas nuevas en lo relacionado con la vivienda la tenemos desde hoy mismo, día en el que se puede solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2011, aunque la campaña no dará su pistoletazo oficial de salida hasta el próximo 3 de mayo. En este ejercicio cualquiera podrá beneficiarse de la deducción por la compra de vivienda habitual, algo que hasta ahora sólo podían hacer aquellos contribuyentes con rentas por debajo de los 24.107 euros.
¿Pero cuánto podré deducirme? De acuerdo con la información aportada por Gestha, el sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, quien haya adquirido, construido, ampliado o rehabilitado su vivienda habitual podrá desgravarse anualmente hasta 9.040 euros. Y si el objetivo era adecuar la vivienda para personas con discapacidad, la base máxima alcanza los 12.080 euros.
A este recuperado incentivo fiscal por parte del nuevo Ejecutivo hay que sumar la deducción por obras en las viviendas, que amplía el límite de renta máximo hasta los 71.007 euros. Además, se ha elevado el porcentaje de deducción del 10% al 20% y se ha aumentado el límite máximo anual por cada contribuyente a 6.750 euros.
En esta ocasión, además, se puede decir que el Gobierno ha decidido que habrá “café para todos”, pues no sólo se beneficiarán quienes hayan comprado una vivienda. También aquellos que hayan apostado por el alquiler podrán deducirse un 10% de la cantidad que hayan pagado, siempre y cuando sus ingresos no superen los 24.107 euros. Igualmente, los propietarios de estos inmuebles registrarán un sustancial ahorro, pues este año verán libre de impuestos hasta el 60% de lo que hayan ingresado por el alquiler. E incluso podrán aumentar este porcentaje hasta el 100% si tienen alquilada la casa a jóvenes de entre 18 y 30 años (o 35 años si se firmó el contrato antes de este año).
La mala noticia es que se recupera el impuesto de patrimonio, que estarán obligados a pagar aquellos propietarios de inmuebles que superan los 300.000 euros o cuya suma de ahorros, vehículos, acciones u otros bienes estén por encima de los 700.000 euros, aunque las cifras varían en algunas comunidades. No todo podía ser bueno…

